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Lunes 29 de Abril de 2024   











Síntesis sobre aspectos relevantes del nuevo código civil y comercial
7/8/2015 Región Metropolitana Norte

Principios: Libertad e igualdad Paradigma no discriminatorio. El hombre considerado en términos igualitarios, es decir, sin distinción de sexo, religión, riqueza, origen. Alcance: IDENTIDAD CULTURAL.

Derechos individuales y colectivos (art.14 y 240), regula derechos de incidencia colectiva en concordancia con la Constitución Nacional.

Derechos personalísimos: art.51 y siguientes considerado rector del ordenamiento del código.

Capacidad: es la regla. Excepción: restricción requiere de APOYOS, se modifica el régimen en cuanto a la incapacidad y su representación. (art.22 al 30)

FAMILIA: incorporación del:
Matrimonio igualitario (art.402 y ss)
Uniones convivenciales (art.509 ) Derecho de pensión/continuación locación urbana. Principio de solidaridad, respeto de autonomía, protección del vulnerable.
Opción del régimen patrimonial (art.446 y ss) Bienes: Derecho de opción entre reg. Comunidad o por separación.
Nueva figura: compensación económica: compensar el desequilibrio patrimonial derivado del matrimonio y el divorcio.
Familias ensambladas: progenitor afín, sin ser padre o madre vive cotidianamente con el niño de su pareja, reconocimiento de atribuciones de cooperación en la crianza y cuidado; actuar en casos de urgencias y deber alimentario subsidiario.
Divorcio: derogado las causales fundadas en la culpa.
Tenencia de los hijos: principio de igualdad, responsabilidad y cuidado personal compartido. Tener siempre en consideración el interés protectorio del niño.
Adopción: institución jurídica cuya finalidad reside en la satisfacción del derecho de todo niño a vivir en familia cuando éste no puede hacerlo por diferentes razones en su familia de origen. Procesos distintos: Declaración de adoptabilidad y de adopción propiamente dicho. Se acortan los tiempos.
Existencia de las personas:art.19 y ss. Desde la concepción, reconoce la fertilización asistida (implantado)
Filiación: natural, adoptiva y por fertilización asistida.
Sucesiones: Introduce cambios significativos:

Art.2245 modifica porciones de la legítima.

Art.2248 posibilidad de mejorar al heredero con discapacidad.

Art.1010 Pactos relativos a una explotación productiva o participaciones societarias de cualquier tipo con miras a la conservación de la unidad…


Link Permanente:  http://www.prensalibre.com.ar/index.php?id=8849
   
  
 
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