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Martes 21 de Mayo de 2024   











Proyecto presentado para aliviar la situación de niñas, niños y adolescentes en situación de calle en el Partido de Tigre
6/8/2010 Tigre
VISTO:

El crecimiento de la cantidad de niñas, niños y adolescentes en situación de calle en el Partido de Tigre y

CONSIDERANDO

Que atender la urgencia social que representan actualmente los niños, niñas y adolescentes en situación de calle implica la puesta en marcha de políticas públicas desde una perspectiva integralpor parte de nuestro municipio.

Que tenemos el deber de asegurar a niñas, niños y adolescentes, con absoluta prioridad, la efectivización de los derechos a la vida, a la libertad, a la identidad, a la salud, a la alimentación, a la educación, a la vivienda, al deporte, a la cultura, a la recreación, a la formación integral, al respeto, a la convivencia familiar y comunitaria.

Que en 1989 se aprobó el texto de la Convención Internacional de los Derechos del Niños (CIDN), que fue ratificado por la Argentina en 1990 y elevado a rango constitucional en la reforma de 1994.

Que este proyecto tiene su base filosófica en las ideas de la Convención de los Derechos del Niño.

Que esta perspectiva lleva adelante el paradigma de “protección integral”, que reconoce a los niños la categoría de sujetos de pleno derecho, a los que hay que proteger especialmente por tratarse de personas en desarrollo, velando siempre por su interés superior.

Que los chicos y chicas son contemplados desde sus potencialidades, con propuestas educativas innovadoras basadas en el respeto a su libertad y participación en su proyecto de vida.

Que las situaciones de riesgo para las chicas, chicos y adolescentes han aumentado, encontrando ahora un aumento del consumo temprano de drogas, cada vez más diversas, y de armas de fuego cada vez más asequibles.

Que la institucionalización de programas específicos significará una mejora cualitativa considerable en la atención de las niñas, niños y adolescentes en situación de calle.

Que la creación del Programa “Paradores – Casas Abiertas” es una herramienta para atender las necesidades básicas de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle, y generar una estructura de oportunidades que les permita el mejoramiento de su calidad de vida y el de sus familias. Son centros abiertos que funcionan como lugares de descanso y atención integral.

Que el Programa “Paradores – Casas Abiertas” supone para los chicos una posibilidad de iniciar una vida fuera de la calle, acompañado por adultos y por chicos de edades similares a la suya, pero que aún no establece la idea de estar en un hogar. Además, es una alternativa para los casos de emergencia en salud para que puedan tener un espacio acogedor y amigable, en el que pasar la noche, sin desestabilizar la rutina de los hogares.

Que avanzando en ese proceso iniciado en la calle, el chico puede contar con un espacio diurno en el que encuentra contención, escucha, acompañamiento, educación y recreación.

Que claras políticas públicas ayudarán a profundizar en su proyecto de vida, mientras va aprendiendo nuevas formas de relacionarse consigo mismo y con su entorno.

Que si la niña, niño o adolescente estima que dentro de su proceso personal el regreso a un entorno familiar todavía no es posible, puede contar con las alternativas de los “Paradores - Casas Abiertas”, hasta que elabore su salida definitiva a través del ingreso a un Hogar Permanente, la revinculación familiar o un proyecto de autovalidamiento.

Que otras fuentes en las que basamos la propuesta son la pedagogía de la presencia y la relación de ayuda centrada en el modelo de competencia, que suponen una apuesta teórica por el crecimiento de los niños, niñas y adolescentes desde la relación interpersonal con un adulto. Este adulto ha de ser capaz de generar un vínculo de confianza tal que permita que el niño, niña o adolescente sea capaz de reconstruir su historia de vida con una mirada positiva, que señale sus responsabilidades y competencias, y pueda compensar sus dificultades personales, familiares o sociales.

Que a partir de esa historia de vida repensada y redefinida desde la clave del crecimiento personal, el niño, niña o adolescente puede alzarse sobre ella para empezar a armar un proyecto de futuro. De esta manera recupera su lugar de sujeto social activo y pleno de derechos.

Que el diálogo, la presencia, las habilidades de comunicación que despliega el educador adulto frente al niño, niña o adolescente son la herramienta más eficaz para generar este tipo de relación de la que estamos hablando.

Queel apoyo en los recursos materiales que faciliten la expresión de dicha historia de vida, junto con la generación de estímulos e intereses nuevos en niñas, niños o adolescentes, posibilitan que el proceso de crecimiento se realice de manera enteramente positiva.

Que este proyecto tiene como elementola formación de equipos de operadores zonales que logren un trabajo de contención permanente, a fin de dar lugar a la demanda en niñas, niños o adolescentes que impulse el deseo de una salida rápida de la situación de calle en la que se encuentran.

Que para ello se hace imprescindible ocupar, en forma permanente y cotidiana, los barrios en los que los niños, niñas y adolescentes se encuentran, con profesionales que trabajen en forma pro activa con la población.

Que el objetivo es que estos operadores se transformen en los referentes adultos que les proporcionen el sostén emocional que necesitan para lograr la socialización, vinculación y construcción de su proyecto personal de vida.

Que parte del proyecto es contar con equipos interdisciplinarios, con profesionales del trabajo social y la salud mental, encargados de la evaluación de la situación familiar, con el fin de restablecer y fortalecer los vínculos familiares primarios, secundarios y comunitarios.

Que este proyecto entiende que entre la calle y la revinculación familiar o comunitaria, es necesario un lugar de transición que reorganice la estructura de ese niño que ha padecido un proceso de “desubjetivización”, producto del deterioro que ha ocasionado la situación de calle.

Que con laoferta institucional de “Paradores - Casas Abiertas”, se pretende lograr una intervención que tenderá a propiciar el alejamiento progresivo y definitivo de los niños, niñas y adolescentes de las calles de nuestro municipio.

Que no contamos con estadísticas oficiales pero vemos claramente que han disminuido las edades de las niñas, niños y adolescentes, acostumbrados ya a dormir y trabajar en la calle.

Que el número de niñas y mujeres está también creciendo, siendo un desafío para el trabajo cotidiano con esta población, así como la atención a bebés que viven en la calle desde sus primeros días de vida.

Que existe una marcada tendencia a la cronicidad de la situación, encontrando niñas, niños o adolescentes con años de calle, que naturalizan actitudes y hábitos que dificultan la inserción en las pautas sociales de comunidades diferentes a la suya.

Que se puede inferir, a partir de esta situación, que las causas por las que una familia llega a un punto de inflexión, en la que uno o varios de sus miembros deciden irse a la calle, son múltiples y diversas. Destacándose como causa recurrente la falta de contención y socialización en su familia de origen.

Que la ruptura familiar es siempre dolorosa y marca profundamente las vidas de los que la han sufrido. Cuándo se produjo, por qué se produjo, cómo era esa familia antes, cómo ha quedado conformada después, qué experiencia de calle tenía el niño antes de quedarse solo, con quién cuenta en la calle, etc., son variables que tendremos que ir conociendo para construir la historia de vida de ese chico cuando lo encontramos en la calle.

Que cada historia de vida es única y el tiempo que lleve construirla también es personal. Este proyecto de atención integral pretende ser un abordaje que facilite y construya de manera positiva este proceso de resocialización, el cual permitirá a los chicos oportunidades y alternativas para elegir la salida de la calle.

Que se debe considerar como beneficiario indirecto a la comunidad en general puesto que, por un lado, podrá participar de manera activa en el proceso de inclusión como sujetos sociales y plenos de derechos a niñas, niños o adolescentes; y, por otra parte, este proyecto aportará a la construcción de una sociedad con inclusión.

Que la inserción comunitaria es la base conceptual del proyecto, hace que el barrio sea donde se inicie el trabajo con los niños, niñas y adolescentes en situación de calle.

Que la omisión de tomar acción coloca a los niños en virtual estado de abandono de persona.

Por todo lo expuesto el Bloque de la Coalición Cívica-ARI de Tigre eleva el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º: Créase el programa "El Parador - Casas Abiertas para niñas, niños y adolescentes en situación de calle", dentro del ámbito de la Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano de la Municipalidad de Tigre, en el marco de la Ley Nº 13298 de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los niños.

Artículo 2º: El Programa consiste en la puesta en funcionamiento de "Paradores", casas abiertas que forman parte del circuito de atención integral a niños, niñas y adolescentes en situación de calle hasta los 18 años de edad. Los mismos funcionarán todos los días y durante las 24 horas.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo debe reglamentar el funcionamiento del presente Programa, articulándolo con otros programas destinados a la misma población.

Artículo 4º: Son objetivos del Programa:

a) Atender a las necesidades inmediatas de alimento y/o descanso.

b) Brindar un ámbito seguro que resguarde la integridad física, moral y emocional.

c) Adoptar las medidas necesarias tendientes a la contención del niño, niña o adolescente en su núcleo familiar o bien la familia ampliada, facilitando alternativas para su revinculación.

d) Detectar si son objeto de violencia, maltrato y/o explotación y, en caso de ser necesario, ponerlos en contacto con los organismos pertinentes.

e) Brindar información y asesoramiento sobre sus derechos.

f) Propiciar procesos de mejora de la autoestima.

g) Propender al desarrollo de sentimientos de pertenencia a colectivos y estimular la conciencia crítica.

h) Promover la creatividad y la capacidad de realización.

Artículo 5º: Los Paradores - Casas Abiertas, contarán con equipos interdisciplinarios de profesionales, trabajador/a social, psicólogo/a, sociólogo/a y operadores/as sociales adecuadamente capacitados. El/la coordinador/a debe poseer formación específica en disciplinas sociales, culturales y recreativas, debidamente acreditada.

Artículo 6º: Son funciones del equipo interdisciplinario:

A. Administrar los Paradores de acuerdo con las normas que se estipulen.

B. Coordinar programas recreativos y culturales.

C. Establecer normas de convivencia indispensables para la vida en comunidad.

D. Promover su integración a otros programa afines.

E. Facilitar alternativas para resolver situaciones de desamparo y/o desarraigo familiar.

F. Promover la escolarización de los niños, niñas y adolescentes.

G. Articular con las diversas instituciones y organizaciones de la comunidad reconocidas por su conocimiento, trayectoria y compromiso social con la niñez y adolescencia.

H. Recibir y evaluar las derivaciones de los distintos servicios especializados en la atención de niños, niñas y adolescentes en situación de calle, especialmente de las relacionadas con la primera instancia del circuito de atención a chicos de la calle.

Artículo 7º: A los efectos del cumplimiento de la presente Ordenanza, las autoridades educativas, sanitarias y administrativas deben atender los requerimientos y gestiones realizados por los equipos integrantes del Programa.

Artículo 8º: El Departamento Ejecutivo debe garantizar la inclusión de los niños, niñas y adolescentes atendidos por este programa en todos los servicios públicos que posibiliten su desarrollo personal (educación, salud, deportes, cultura y otros).

Artículo 9º: Para el desarrollo del presente Programa pueden realizarse convenios con organismos internacionales, ONG´s e instituciones que atiendan esta problemática.

Artículo 10º: El Departamento Ejecutivo tomará las medidas correspondientes para asegurar los recursos, inmuebles y equipamiento necesarios para el funcionamiento del Programa.

Artículo 11º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ordenanza serán imputados en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, correspondiente al Ejercicio 2010.

Artículo 12º: De forma.

BloqueCoalición Cívica-ARI, Tigre 02 de junio de 2010.



LUIS CANCELO

Concejal

Pte. Bloque Coalición Cívica-ARI


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